1. ASEGURADOS
Socios hábiles y beneficiarios mayores de un (1) año de la Coopac Norandino Ltda, siempre que al momento de su incorporación al FPS se encuentren física y mentalmente capacitado para desempeñar sus actividades habituales y normales.
Impedimentos:
No pueden ser afiliadas las personas afectadas de incapacidad física grave como ceguera, sordera, parálisis, deficiencia mental, apoplejía, epilepsia, alcoholismo y toxicomanía u otras incapacidades físicas que agraven el riesgo notoriamente. En caso de producirse una de estas situaciones después de afiliado, se suspenden automáticamente los beneficios del Fondo.
CONDICIONES DE AFILIACIÓN
DETALLE DE COBERTURA |
Coopac Norandino Ltda. asegura al socio y beneficiario/deudo una indemnización de acuerdo a lo establecido en el presente certificado del FPS, por muerte natural, accidental o invalidez permanente por accidente. |
SUMA ASEGURADA |
US. 1,000.00 (Mil con 00/100 dólares) por muerte natural US. 2,000.00 (Dos mil con 00/100 dólares) por muerte accidental o invalidez permanente por accidente. |
FORMA DE PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN |
De una sola vez y en un solo acto. |
DEDUCIBLES |
No aplica, salvo que tenga deudas pendientes de pago que estén vencidas. |
ANTIGÜEDAD COMO SOCIO |
Desde el momento que se afilia a Coopac Norandino, participa del Fondo de previsión social. |
PERSONA DECLARADA COMO BENEFICIARIO (ASEGURADO ADICIONAL) |
Es aquella persona designada por el socio y que, también, gozará de la cobertura del FPS. Dicho beneficiario puede ser cualquier familiar menor a 70 años, que tendrá la misma cobertura y beneficios independientemente del socio titular. |
INICIO DE LA PROTECCIÓN |
30 días después de su afiliación como socio en Coopac Norandino. |
EDAD MÍNIMA PARA INICIO DE COBERTURA |
1 año. |
EDAD MÁXIMA DE INICIO DE COBERTURA |
Personas naturales menores de 70 años al momento de afiliarse a Coopac Norandino. |
EDAD LÍMITE DE PERMANENCIA |
Los socios y beneficiarios gozan del FPS hasta los 80 años (menos 1 día) para el caso de muerte natural; y para el caso de muerte accidental o invalidez permanente por accidente hasta los 70 años (menos 1 día). |
PRIMA |
De forma obligatoria la suma de S/.30.00 (treinta con 00/100 soles anuales (cada 12 meses) que cubre al socio y beneficiario. |
VIGENCIA DEL SERVICIO |
12 meses desde que el socio paga la prima anual. |
LUGAR Y FORMA DE PAGO DE LA PRIMA |
El pago se hará en cualquiera de las Oficinas que Coopac Norandino Ltda. tiene en su ámbito de acción. (Región de Piura, Cajamarca y San Martín) |
2. EXCLUSIONES
Coopac Norandino No reconocerá los beneficios del servicio en los siguientes casos:
a) Enfermedad preexistente; entendiéndose como aquella enfermedad, lesión, condición o síntoma, congénita o no, que se haya originado con anterioridad a la incorporación al servicio.
b) Suicidio, dentro del primer año de su incorporación al servicio.
c) Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
d) Por encontrarse en estado de embriaguez, con presencia de alcohol en la sangre con un grado superior a 0.5 gramos-litro, o bajo la influencia de drogas, alucinógenos o en estado de sonambulismo.
e) Guerra civil o internacional, declarada o no, insurrección, rebelión o motín.
f) Eventos catastróficos. (Se refiere a eventos que producen 10 o más muertes y/o incapacitados totalmente).
g) Por participación activa en actos delictivos o terroristas.
h) Vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, salvo como pasajero en empresa de transporte aéreo comercial de pasajeros y sujeto a itinerario.
i) Participación como conductor o acompañante en carreras de cualquier clase de vehículos.
j) Acto delictuoso cometido por quien pudiera beneficiarse de cualquier forma con la muerte del afiliado.
k) Por participación en deportes riesgosos como parapente, ala delta, buceo, alpinismo, andinismo, montañismo, canotaje, escalada de paredes verticales naturales o artificiales, carreras de caballos, paracaidismo, “surf”, puénting y otros similares.
3. PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DEL FPS
Ocurrido el siniestro, el Socio o Beneficilario, deberá dar aviso del mismo directamente a Coopac Norandino Ltda. a través de su asesor de crédito o Administrador, presentando los siguientes documentos:
En caso de muerte natural:
a) Copia del DNI de la persona fallecida.
b) Copia del DNI de la persona que solicita la indemnización.
c) Certificado médico de defunción en formato oficial completo.
d) Partida de defunción.
En caso fallecimiento por accidente
e) Copia del atestado o parte policial o Informe de la Fiscalía.
f) Copia del protocolo de necropsia (con examen toxicológico y etílico).
En caso de o invalidez total y permanente:
Los documentos a) y b).
g) Copia del Atestado o Informe Policial.
h) Historia Clínica e informe del médico tratante.
i) Certificado de Invalidez Total y Permanente, expedido por alguna autoridad competente (EsSalud, COMAFP, Hospitales MINSA), en el que se detalla la fecha de la invalidez total y permanente y el porcentaje de menoscabo.
El plazo máximo para solicitar la ayuda del FPS será de doce meses, computados a partir del día siguiente del deceso; perdiéndose el monto del FPS, por su condición de caducidad en el tiempo.
4. INFORMACION ADICIONAL
Plazos para el pago de siniestros: Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de haber recibido la documentación e información completa exigida en el presente certificado de seguro, la cual se gestionará a través de Serviperu.
Procedimientos para atención de reclamos: Los socios, entendiéndose como éstos a las personas naturales que usan este servicio, pueden presentar reclamos a Coopac Norandino. Asimismo, cualquier interesado puede presentar consultas formales. El Procedimiento a seguir es el siguiente:
A través del Libro de Reclamaciones disponibles en cada Agencia, se debe presentar la carta con indicación clara de su nombre completo, teléfono, domicilio y una breve explicación del hecho reclamado. La respuesta al reclamo será emitida al socio en un plazo no mayor a 30 días calendario de presentada la carta. Los reclamos deben presentarse dentro del plazo de prescripción dispuesto por el Código Civil y demás normas que resulten aplicables. Asimismo, puede ingresar a la página web www.coopacnorandino.com en donde podrá también canalizar su reclamo.
IMPORTANTE: La Información aquí proporcionada se encuentra a título informativo, prevalecen las condiciones del Reglamento del FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL y sus modificatorias que obran en poder de Coopac Norandino Ltda. |
Consultas o dudas al: 992097513